miércoles, 21 de abril de 2010

la Ley del Sistema Nacional del Registro de Datos

Guayaquil, 16 de Noviembre de 2009

Señores Legisladores miembros de la Asamblea Nacional
de la República del Ecuador, y especialmente miembros de
la Comisión de lo Económico y Tributario

De mis consideraciones:

¿Aceptan ustedes que la media de la educación de los chilenos sobrepasa a la de los ecuatorianos?. ¿No creen ustedes que ocurre en todos los órdenes de la vida nacional?.

Mis comentarios sobre la Ley del Sistema Nacional del Registro de Datos (que deben ser de Datos Públicos), que ustedes han desechados como inútiles y sin valor, han sido analizados por la asesoría del Congreso chileno. "Nadie es profeta en su tierra".

Les pido tomarse el trabajo de leer lo que está a continuación y considerarlo para el texto del proyecto que presentarán al pleno la próxima semana, o cuando quieran hacerlo.


"Distinguida Dra. Norma Plaza Aray:


En relación a sus interesantes cuestionamientos a la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, que ya cumplió con su tramitación legislativa en la Asamblea Nacional del Ecuador, cábeme manifestarle lo siguiente:
1°.- Concuerdo plenamente con usted, que por tratarse de un cuerpo normativo que regula el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, debe tener el carácter de Ley Orgánica, al tenor de lo dispuesto en el artículo 133 N° 2 de vuestra Constitución Política. En tal virtud, la expresión contenida en el artículo 1° del texto legal, que "es de naturaleza ordinaria", me parece absolutamente improcedente.
2°.- Asimismo comparto su aprensión en cuanto a que el proyecto mezcla información de distinta naturaleza, vale decir, la referida a datos de carácter personal con datos de carácter público, lo cual vulnera lo dispuesto en el artículo 136 de vuestra Carta Fundamental.
3°.-Considero que la información sobre el patrimonio de las personas que será de libre acceso, de acuerdo a lo previsto en el artículo 8° del proyecto en examen, atenta igualmente contra el derecho de privacidad de las personas, ya que las condiciones que se establecen en la referida norma, permitirán de igual manera que cualquier persona tenga conocimiento, sin autorización de su titular, de datos que son de carácter personalísimo, en mi opinión. Además que se deja al arbitrio de un reglamento, los demás requisitos que se exigirán.
4°.- En este orden de ideas, considero, al igual que usted, que se entregan demasiadas facultades que debieran ser de carácter legal, a simples disposiciones reglamentarias, lo que indudablemente derivará en una excesiva discrecionalidad, que a la postre, se transforma en arbitrariedad.
5°.- Estimo que la mención contenida en el artículo 3° del proyecto en cuestión, de que esta ley regirá para las instituciones del sector público y privado que, incluso en el futuro administren bases o registros de datos públicos, resulta inaceptable, por cuanto no corresponde a los principios mínimos de técnica legislativa, normar hacia el futuro sin acotar que se está legislando, ya que ello también se presta para arbitrariedades.
6°.- En cuanto a la interconexión entre datos públicos y privados, que contempla el artículo 23, también considero que resulta aberrante hacer este tipo de cruzamiento, ya que se atenta contra la privacidad de las personas, y puede ser mal empleado por los funcionarios públicos que manejen el sistema que se crea por esta ley.
7°.-En lo que respecta a la dependencia de los Registros Mercantiles, coincido en que no resulta adecuado que lo sean de la Dirección Nacional de Registros Públicos, y es preferible que dependan del Ministerio de Justicia.
8°.- Me parece que la Disposición Segunda General que se contiene en el proyecto, que considera como información pública, los nombres de propietarios, tenedores, beneficiarios o titulares de acciones y participaciones en sociedades, tanto comerciales, mercantiles y civiles, también atenta contra la privacidad de las personas.
9°.- Concuerdo con usted, en que se hace necesario contar con una Ley de Protección de Datos Personales, y en este sentido, le recuerdo que hace bastante tiempo atrás, yo redacté una reforma para la Constitución Política de nuestro país, en el cual se garantiza como derecho fundamental de los ciudadanos, el resguardo y protección de sus datos personales. Lamentablemente por la lentitud con que nuestro sistema trata las mociones parlamentarias, esta reforma aún no es debatida en el Plenario, aún cuando ya fue aprobada en las Comisiones especializadas. Entiendo que el texto de esta reforma se le hizo llegar a usted.
Al tenor de todas estas consideraciones, y dada la legitimidad de sus cuestionamientos, creo que usted debe ejercer el derecho de impugnar esta ley ante vuestra Corte Constitucional, ya que afortunadamente en la legislación pertinente de vuestro ordenamiento jurídico, eso es permitido, lo que no ocurre en forma tan simple en Chile, donde solo se permite impugnar determinados preceptos de un cuerpo legal específico, pidiendo su inaplicabilidad para un juicio determinado en que se pretenda aplicar la norma que se cuestiona.
Creo sinceramente Dra. Plaza, que usted no debe tener temor de perder su cargo o que se le impida renovarlo con la nueva ley, por efectuar esta impugnación ante la Corte Constitucional de su país, ya que quien sus derechos ejerce, a nadie ofende.
Le saluda muy atentamente, quedando a sus gratas órdenes,
ME RESERVO EL NOMBRE
ASESOR LEGISLATIVO
CAMARA DE DIPUTADOS – CHILE".

Si, cada vez que he ido a Chile miro con envidia a un ejército que nunca ha sido vencido en sus enfrentamientos con sus vecinos; a unos ciudadanos que han logrado un bienestar general; que casi han erradicado la pobreza; donde la educación pública es de alto nivel; todo el mundo paga impuestos, y los ingresos se invierten bien.

Para quienes no me conocen, no estoy descabellada. Quizás tenga un poco más de valor de la media ecuatoriana. Lo único que me lleva es el bien de mi país, intención que asumo es la de ustedes.

Es mi sincero deseo el éxito del proyecto que ustedes pretenden pasar y su permanencia, para lo cual deben ajustarse a las normas constitucionales que muchos de Uds. aprobaron en Montecristi el año pasado.

Atentamente,


Dra. Norma Plaza de García

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